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SIN FEMINISMO NO HAY HUMANISMO | Pilar Iglesias Aparicio

El pasado 13 de septiembre fui invitada por la Asociación Humanismo Solidario a pronunciar una conferencia en el Ateneo de Málaga sobre la relación entre Feminismo y Humanismo, que decidí titular Sin feminismo no hay humanismo, título que se justifica por lo expuesto a continuación. Pretende este artículo recoger el contenido principal de mi exposición.

Introducción

Ante el tema «Feminismo y Humanismo», surgen tres ideas clave que se desarrollarán ampliamente a lo largo del artículo.

  1. En primer lugar, es preciso recordar que las mujeres nos hicimos humanas hace tan solo veintinueve años y dos meses, ya que fue en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, el 25 de julio de 1993, cuando se reconoció por primera vez de manera oficial y universal que los derechos de las mujeres son derechos humanos. Por tanto, ni el humanismo ilustrado y ni siquiera el planteamiento de derechos humanos del siglo XX bastaron por sí mismos para garantizar el derecho de las mujeres a ser humanas. Bien podemos decir, con palabras de la jurista costarricense Alda Facio (2011: 5), que «no fue hasta finales del siglo XX que las mujeres alcanzamos la categoría de humanas para el derecho internacional».
  2. En segundo lugar, es también preciso ser plenamente conscientes de que toda reivindicación de igualdad entre mujeres y hombres, y todo planteamiento relativo a la erradicación de la violencia específica contra las mujeres y las niñas tienen que darse en el marco de los derechos humanos y el humanismo. Todavía con excesiva frecuencia parecen situarse en niveles y ámbitos distintos la defensa de los derechos humanos y la reivindicación de la igualdad y la erradicación de la violencia específica contra las mujeres y las niñas, como si lo concerniente a estas últimas no estuviese en la esfera general de los derechos humanos. Hablar de la igualdad entre mujeres y hombres, es, radicalmente, ni más ni menos que hablar de derechos humanos. A ello volveremos a lo largo del artículo.
  3. Y, por último, ya en la tercera década del siglo XXI, en un escenario que muchas pensadoras y activistas feministas venimos definiendo como la cuarta ola del feminismo, es inconcebible un humanismo que no sea feminista.

Definiendo conceptos

Ahora bien, antes de continuar desarrollando las cuestiones planteadas, es preciso definir en qué sentido se están utilizando los términos «humanismo», palabra con múltiples acepciones según épocas y perspectivas, y «feminismo», cuyo uso se ha extendido ampliamente en los últimos años, algo a celebrar sin duda, pero que también provoca su banalización, o su confusión con otras ideas o movimientos. Por todo, ello, definamos en qué sentido se utilizan ambos términos en este trabajo.

Respecto a «humanismo», no podemos conformarnos únicamente con una definición de diccionario, tal como «el Humanismo es una corriente intelectual y cultural que rompe con la idea teológica de que Dios es el centro del universo, pasando a serlo el ser humano y sus cualidades y valores», sin mayores matices. Es por ello, que propongo, la definición de la Unión Internacional Humanista y Ética (International Humanist and Ethical Union, IHEU)[1]:

El humanismo es una filosofía de la vida democrática y ética, que afirma que los seres humanos tienen el derecho y la responsabilidad de dar sentido y forma a sus propias vidas. Es sinónimo de la construcción de una sociedad más humana a través de una ética basada en valores humanos y otros valores naturales en el espíritu de la razón y la libre investigación a través de las capacidades humanas. No es teísta y no acepta opiniones sobrenaturales de la realidad.

Ello nos lleva al sentido del humanismo existencialista, como capacidad del ser humano de «hacerse a sí mismo», ejerciendo la libertad; al humanismo de Hanna Arendt, que «tiene su soporte más sólido en el hecho de las potencialidades humanas: en su capacidad de revelación en actos y palabras, y con ello de comenzar una serie de acontecimientos sucesivos, mas también en la inherente impredecibilidad e irreversibilidad que facultan al ser humano mientras está en el mundo» (López, 2020: 7), y al humanismo de los siglos XX y XXI: el humanismo de los derechos que tiene toda persona por el hecho de existir. Todos los seres humanos tienen una dignidad humana propia e inherente e igual derecho a disfrutar todos los derechos humanos sin distinción alguna por sexo, orientación sexual, raza, religión, clase social, color, idioma, nacionalidad de origen, creencias religiosas o convicciones políticas, etc. Consecuentemente, ninguna vida humana vale más que otra.

¿Qué entendemos por «feminismo»? Entre las numerosas definiciones ofrecidas por distintas pensadoras feministas, veamos algunas que sintetizan de manera clarificadora el concepto de feminismo. En primer lugar, una de las definiciones ofrecidas por Nuria Varela (2005, edic. 2018: 14):

El feminismo es un discurso político que se basa en la justicia. El feminismo es una teoría y una práctica política articulada por mujeres que tras analizar la realidad en la que viven toman conciencia de las discriminaciones que sufren por la única razón de ser mujeres y deciden organizarse para acabar con ellas, para cambiar la sociedad. Partiendo de esa realidad, el feminismo se articula como filosofía política y, al mismo tiempo, como movimiento social.

Y, otra acuñada por las participantes en los Encuentros de Mujeres Feministas de la Provincia de Málaga, organizados por la Asociación de Mujeres Feminista Puntos Subversivos, que se ha incorporado a la Agenda sociopolítica de las mujeres feministas de la provincia de Málaga: «El feminismo es el paradigma revolucionario de interpretación del mundo que implica práctica política de transformación social del orden establecido. Pretende la igualdad de derechos en todos los órdenes de la vida, sin discriminación alguna».

Como recogen ambas definiciones, el feminismo es, evidentemente, una teoría política, aún más, un paradigma de interpretación de la realidad que visibiliza, evidencia y cuestiona el sistema de poder subyacente a la construcción social que ha mantenido y aún mantiene a la mitad de la humanidad, las mujeres, en una situación de discriminación y sometimiento a diferentes violencias específicas por el mero hecho de ser mujeres. Su objetivo fundamental está claro: reformular la definición de ser persona, sea en un cuerpo de mujer o en uno de hombre, lejos de la desigualdad fundamentada en las diferencias biológicas, anatómicas y/o fisiológicas

Pero el feminismo no se queda en un planteamiento teórico, sino que, desde su vocación transformadora, revolucionaria, constituye asimismo el movimiento social que ha producido mayores cambios en la sociedad desde la segunda mitad del siglo XIX. Con la antropóloga mexicana Marcela Lagarde (2015: 457) afirmamos que «El feminismo es la más importante contribución consciente de las mujeres como género a la civilización y al adelanto de una humanidad libre igualitaria y justa. Es un aporte a la posibilidad de imaginar que las violencias son evitables y erradicables, siempre y cuando se creen estructuras equitativas y promoventes de la igualdad, ciudadanía universal en libertad». El feminismo «incide en todas las instancias y temas relevantes, desde los procesos productivos a los retos medioambientales. Es una transvaloración de tal calibre que no podemos conocer todas sus consecuencias, cada uno de sus efectos puntuales» (Valcárcel, 2000: 164).

El feminismo implica también una ética individual. Volvemos a Nuria Varela: «Además de ser una teoría política y una práctica social, el feminismo es mucho más. El discurso, la reflexión y la práctica feminista conllevan también una ética y una forma de estar en el mundo (Varela, op.cit.: 15).

Dos preguntas inevitables

A medida que preparaba el contenido de mi conferencia, volvían a mi mente dos preguntas fundamentales que probablemente nos hacemos tanto a nivel individual, como a nivel epistemológico, y que creo resultan inevitables actualmente: ¿Qué nos constituye como humanas o humanos? ¿Qué atenta contra nuestra humanidad?

¿Qué nos hace humanas? La respuesta a tal pregunta parece incluir: la autoconciencia; la capacidad de experiencia del tiempo y la conciencia de la finitud de la vida; la capacidad de trascender la realidad inmediata; la capacidad de adaptación mediante la cultura y no únicamente como fruto de la evolución biológica. A ello habría que añadir, la dignidad, la libertad, la indemnidad, la privacidad, la intimidad, el derecho a las propias opiniones, creencias, convicciones, sentimientos y emociones; el derecho a la integridad física, psíquica y emocional y la capacidad de ponerse en el lugar de otro ser humano, que nos permite establecer vínculos humanos basados en la confianza. Nuestra humanidad supone una ética global para una ciudadanía global; una ética universal que solo es posible en un marco democrático, porque, pese a sus deficiencias y contradicciones: «la democracia es el mayor y mejor sistema de pedagogía moral que hayamos sido capaces de inventar» (Valcárcel, 2020)

¿Qué atenta contra nuestra humanidad? Hablar de qué nos hace humanas, nos lleva inmediatamente a evocar las múltiples formas en que los propios seres humanos somos capaces de violar nuestra humanidad, con una crueldad y violencia que intenta una y otra vez justificarse mediante argumentos religiosos, políticos, e, incluso, científicos. Atentan contra nuestra humanidad todas aquellas creencias, actitudes, comportamientos, prácticas, acciones…, en el ámbito público o privado, que atentan contra la dignidad, la libertad, la intimidad, la integridad de humanas y humanos. Pensemos en la destrucción de la humanidad en las diferentes formas de dominación, tortura, violencia, especialmente visibles en regímenes totalitarios y fanatismos de todo tipo. Podemos preguntarnos, mirando no solo al pasado, sino a nuestro presente en el mundo global en que vivimos: ¿qué tipo de prácticas culturales, sociales, políticas, religiosas, sexuales, de relación de pareja, de relación familiar, impuestas por la costumbre o las creencias, etc. destruyen lo humano? Al escribir estas líneas acaba de ser noticia el asesinato institucional de la joven Masha Amini en Irán, sin olvidar el infierno actual de las mujeres afganas, o los crímenes sexuales que se están produciendo en estos momentos en el marco de la guerra en Ucrania. Todo ello nos lleva a recordar las violaciones específicas de la humanidad de las mujeres que comento en el apartado siguiente.

Muchos menos que humanas

Al dirigir la mirada a los múltiples atentados contra la humanidad, es fácil percibir aquellas formas de discriminación, crueldad y violencia específicas contra las mujeres y las niñas. Podemos afirmar que existe una infinita tolerancia social en distintas épocas y lugares, ante la sistemática violación de los derechos humanos de las mujeres…muy especialmente en lo relativo a su capacidad sexual y reproductiva, y ello, tras ser una y otra vez reducidas a su dimensión sexual: mutilación genital femenina; prostitución y trata; maternidad subrogada; violencia económica, psicológica, física y sexual en el seno de la familia y la pareja; políticas de represión y castigo dirigidas específicamente a las mujeres, etc., etc.

Como nos dice Amelia Valcárcel (2019: 170): «La opresión de las mujeres es un fenómeno universal, una invariante antropológica que encontramos en todas las culturas. Las mujeres son definidas como de menor calidad que los varones». Marcela Lagarde (1996) nos recuerda las diferentes expresiones de la violencia contra las mujeres.

La violencia de género contra las mujeres es económica, jurídica, política, ideológica, moral, psicológica, sexual y corporal. Los hechos violentos contra las mujeres recorren una gama que va del grito, la mirada y el golpe, al acoso, el abandono, el olvido, la invisibilidad y la negación de los mínimos derechos, hasta el uso de armas mortales en su contra. La violencia a las mujeres incluye en su inventario la muerte. … El sometimiento institucional a poblaciones inermes pasa por los cuerpos violados de las mujeres. La conquista y la dominación guerreras -incluso las guerras militares institucionalizadas- hoy se hacen de manera creciente sobre la población civil, compuesta en su mayoría por mujeres y sus hijas e hijos.

Y cómo se da en todos los ámbitos de la vida: «El irrespeto a la dignidad y a la integridad de las mujeres caracteriza todos los ámbitos desde la vida privada hasta todos los espacios y actividades públicas, incluidas las esferas académica, civil y política, cultural y artística» (Lagarde, 2015: 596). Recuerda que también constituye violencia institucional la falta de atención a las necesidades de las mujeres: «también las mujeres son alcanzadas por la muerte ocasionada por las instituciones (iglesias, Estado), como sucede en los países en que se niega a las mujeres la atención a su salud sexual y reproductiva» (Lagarde, 1996).

Un caso muy claro de la violencia institucional contra las mujeres lo constituye la prohibición de la interrupción voluntaria del embarazo. Así se refiere Mabel Alicia Campagnoli (2005) al:

dispositivo biopolítico de la criminalización del aborto. Porque este dispositivo conjuga diversas dimensiones. Es decir, no se agota meramente en la existencia, por ejemplo, de un artículo prohibitivo en el Código Penal; sino que a su dimensión jurídica se anudan otras, médica y religiosa, por ejemplo; pues la práctica, desde su ilegalidad, queda en los márgenes de lo clandestino. Esto sumerge a las mujeres en la vulnerabilidad de una mala praxis que, en el mejor de los casos, las hospitaliza por infecciones derivadas.

Concluimos con Marta Nussbaum (2001:31), que, «en suma, las mujeres carecen de un apoyo esencial para llevar una vida plenamente humana. Esta falta de apoyo se debe a menudo al solo hecho de ser mujeres». 

Breve recorrido por el largo camino de la historia de los DDHH de las mujeres

Teniendo en cuenta el contexto histórico de discriminación y violencia contra las mujeres, cabe preguntarse cómo se llegó al reconocimiento de que los derechos de las mujeres son derechos humanos en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1993. No fue una concesión gratuita, sino el fruto de un largo trabajo de mujeres feministas, capaces de entretejer redes y trabajar aplicando la estrategia política feminista de la sororidad.

Considero que, para cualquier persona o asociación de vocación humanista, es imprescindible profundizar en el conocimiento de la historia de los derechos de las mujeres, las acciones llevadas a cabo por estas y la comprensión, como decía al inicio de este artículo, de las reivindicaciones de las mujeres dentro del marco de los derechos humanos. No es posible extenderse sobre este punto en profundidad, dada las limitaciones de extensión de un artículo, pero hagamos al menos un breve recorrido histórico.

Me permito retroceder en el tiempo hasta los días 19 y 20 de julio de 1848[2], momento en que se celebró, en la pequeña localidad de Seneca Falls (Estado de Nueva York, Estados Unidos) un encuentro, promovido por la que sería una lideresa indiscutible del sufragismo estadounidense, Elizabeth Cady Stanton, con la ayuda de la también sufragista Lucretia Mott, para estudiar las condiciones y derechos sociales, civiles y religiosos de las mujeres.  Fruto de estos dos días de reflexión, se redactó y aprobó, la que sería la primera convención pública y colectiva sobre los derechos de las mujeres, la denominada Declaración de Sentimientos de Seneca Falls[3]. Siguieron el modelo de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, siendo su primera decisión: «Que todas aquellas leyes que sean conflictivas en alguna manera con la verdadera y sustancial felicidad de la mujer, son contrarias al gran precepto de la naturaleza y no tienen validez, pues este precepto tiene primacía sobre cualquier otro». La aplicación de este principio hubiera hecho avanzar mucho más rápidamente las reivindicaciones de las mujeres. En todo caso, Seneca Falls constituye el primer programa político feminista y un importante impulso para el movimiento de reivindicación de derechos educativos, sociales, civiles y políticos, incluido el derecho al voto, que se desarrollaría en las décadas siguientes.

En 1920, se celebró en Ginebra el VIII Congreso de la Alianza Internacional para el Sufragio de la Mujer. Entre sus conclusiones estaba la de que las mujeres tenían que aspirar a la suma de todas las libertades políticas, civiles, económicas y sociales, y la importancia de que las defensoras de derechos de las mujeres fuesen consideradas interlocutoras de los partidos políticos y la Liga de Naciones creada el año anterior.

Terminada la Segunda Guerra Mundial, en 1945, se celebró la Conferencia de San Francisco. Pese a la escasa representación de mujeres (4[4] entre 160 representantes de delegaciones oficiales y ONG) y al hecho de que de los 50 países participantes solo 30 habían reconocido ya el derecho al voto de las mujeres, consiguieron evitar el uso de lenguaje exclusivo que dejara fuera a las mujeres[5] e introducir la igualdad de derechos de elegibilidad entre mujeres y hombres[6] en la Carta de constitución de las Naciones Unidas[7]. Al año siguiente, en enero de 1946, se celebró la primera Asamblea General de las Naciones Unidas en la ciudad de Londres, en la que participaron 17 representantes y consejeras de 11 países. Se creó la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer[8] (CSW), compuesta por 15 mujeres representantes de otros tantos países. Asimismo se puso en marcha la Comisión de Derechos Humanos, siendo presidenta de la misma Eleanor Roosevelt. La contribución de las mujeres de esta Comisión que trabajaron en la elaboración de la Declaración de Derechos Humanos, hizo posible un uso del lenguaje que evitase restringir los derechos a los varones, e introdujeron también la igualdad en el matrimonio, la igualdad salarial, etc.[9]. En 1948, «la fecha decisiva para dotar al humanismo de contenidos positivos y enumerables» (Valcárcel, 2020) se proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos, utilizando el lenguaje inclusivo por el que las mujeres habían trabajado desde dos años antes.  

En 1963, la Asamblea General de la ONU encargó a la CSW la elaboración de una Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres, que fue aprobada en sesión de la Asamblea General el 7 de noviembre de 1967. Sería precursora de la Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW)[10], aprobada el 18 de diciembre de 1979. Desde 1993, la Convención CEDAW es uno de los ocho tratados de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Y constituye, sin duda, como nos recuerdan con frecuencia Marcela Lagarde y Alda Facio, «la carta magna de derechos de las mujeres».

En este camino hacia la conferencia de Viena, hay que mencionar una actividad organizada por iniciativa privada de denuncia de los crímenes y violencias contra las mujeres que contó con la participación y testimonios de más de 2000 mujeres de 40 países diferentes: el Tribunal Internacional de Crímenes contra las Mujeres, celebrado en Bruselas del 4 al 8 de marzo de 1976[11]. 1975 fue declarado Año Internacional de las Mujeres y el periodo comprendido entre 1976 y 1986, como la Década de las Mujeres. Y coincide este periodo con las primeras Conferencias Mundiales de la Mujer: México, 1975; Copenhague, 1980; Nairobi, 1985 y, por último, la celebrada en Beijing en 1995, y las sucesivas revisiones del cumplimiento de su Declaración y Plataforma de Acción, en 2000. 2005, 2010 y 2020.

En 1986, en el V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, celebrado en México, uno de los talleres se denominó «Los derechos de las mujeres también son humanos». En dicho taller, las participantes discutieron la necesidad de apropiarse, para la defensa de los derechos de las mujeres, de la teoría, lenguaje y metodología de los DDHH que estaban siendo utilizadas para liberarse de la mayoría de las dictaduras militares que había en la región (Facio, 2011). Otras acciones previas a la celebración de la Conferencia de Viena incluyeron la Campaña de los 16 días contra la Violencia contra las Mujeres, del 25 de noviembre al 10 de diciembre (Día internacional de los DDHH). Una campaña de recogida de más de medio millón de firmas dirigida a los gobiernos que participarían en la Conferencia Mundial de Viena, para que abordaran los DDHH de las mujeres en todos los procedimientos y reconocieran que «la violencia de género contra las mujeres como una violación a los DDHH». Y la celebración de conferencias satélites en diferentes continentes. La celebrada en América Latina, denominada «La Nuestra» fue la primera y tuvo lugar en diciembre de 1992, con la participación de cincuenta grupos de mujeres[12].

Durante la celebración de la Conferencia del 14 al 25 de junio de 1993 en Viena, se celebró un Tribunal que recogió testimonios de mujeres víctimas de diferentes tipos de violencias y violaciones de derechos humanos[13]. La declaración aprobada el 25 de junio hace constar que:

  • Los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. La plena participación, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional.
  • La violencia y todas las formas de acoso y explotación sexuales, en particular las derivadas de prejuicios culturales y de la trata internacional de personas son incompatibles con la dignidad y la valía de la persona humana y deben ser eliminadas
  • La cuestión de los derechos humanos de la mujer debe formar parte integrante de las actividades de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular la promoción de todos los instrumentos de derechos humanos relacionados con la mujer

Por último, en este breve recorrido por el reconocimiento en el marco jurídico internacional de los derechos humanos de las mujeres[14], debemos mencionar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 1998, que entró en vigor en el año 2000, y al que España se adhiere en 2002, cuyo artículo 7, g) reconoce como crímenes de lesa humanidad: Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable. Y el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. (Convenio de Estambul) de 2011.

Feminismo y humanismo en la voz de algunas referentes feministas

Las voces críticas

Veamos, por último, la relación entre feminismo y humanismo, en la voz de diferentes pensadoras feministas.

En primer lugar, es preciso hacerse eco de las voces críticas a la alianza entre feminismo y humanismo, como lo hace el feminismo decolonial, no sin razón, por haber estado el humanismo ilustrado excesivamente representando por un rostro masculino, blanco, occidental, burgués y defensor del discurso de la inferioridad de las mujeres, los individuos y los pueblos que no respondiesen a su propia imagen. Es decir, un humanismo al que bien se puede calificar de androcéntrico, machista, sexista, racista, colonialista, xenófobo, centrado en Occidente, sustentador del proyecto moderno colonial y sustentador, asimismo, de un conocimiento y una ciencia excluyentes de los saberes de las mujeres, las comunidades y los pueblos no occidentales, y de otras formas de conocimiento.

Como nos recuerda Natalia Fischetti (2021: 369): «tanto la ciencia moderna como la filosofía humanista están tejidas por los hilos del colonialismo, cuyas hilachas todavía nos cuelgan en trajes de colonialidad. Viejos tejidos en nuevos entramados coloniales. Nuevos hilos ceñidos para viejas opresiones, imposiciones y subordinaciones». Por ello, es necesario

… retomar la crítica epistemológica al humanismo. Aquel humanismo anudado al desarrollo de las ciencias sociales y naturales que fueron fundamentales para la colonización en el siglo XIX y este humanismo y estas ciencias, que, con similares fundamentos ideológicos, siguen generando discursos y prácticas cómplices de y funcionales a la opresión, la dominación y la muerte en una amplia gama que va desde la violencia contra las mujeres y les disidentes, pasando por la violencia obstétrica en las instituciones de salud y la violencia del mercado de consumo en los medios de comunicación masiva, hasta los femicidios y los genocidios en los múltiples focos y formas de la guerra en este momento (Fischetti, 2021: 385).

Las voces que reafirman la relación entre feminismo y humanismo

En 1907, Serafina Dávalos (1877-1957), primera mujer doctorada en Derecho en Paraguay, presenta su tesis doctoral, titulada Humanismo, en la que, realmente, habla de feminismo. Dávalos viene a decirnos que feminismo equivale a humanismo, una nueva forma de ver, pensar y construir las relaciones entre las personas y en la sociedad. Toda situación discriminante y opresiva de los seres humanos es arbitraria y antinatural y reducir a la mujer a la única misión de ser madre, es también reducirla a la categoría de cosa. Un pensamiento altamente transgresor y transformador en su país en la época.

Clara Campoamor (1888-1972), como nos recuerdan Ana de Miguel y Amelia Valcárcel, afirmó también la relación entre feminismo y humanismo al escribir que «Digamos que la definición de feminista, con la que el vulgo […] pretende malévolamente indicar algo extravagante […] indica la realización plena de la mujer en todas sus posibilidades, por lo que debiera llamarse humanismo (de Miguel, 2005: 27).

En El Segundo Sexo (1949) Simone de Beauvoir (1908-1986), afirma que «En efecto, el hombre representa hoy lo positivo y lo neutro, es decir, el macho, lo masculino y el ser humano, mientras que la mujer solamente es lo negativo, la hembra. Cada vez que se comporta como un ser humano, se dice que se identifica con el macho». Preciso es, pues, que la mujer pueda gozar de su humanidad sin renunciar a su realidad biológica: «El privilegio que ostenta el hombre y que se hace presente desde su infancia., es que su vocación de ser humano no contraria su destino de macho […] mientras que se ha exigido a la mujer, para realizar su feminidad, que se convierta en objeto y presa, es decir, que renuncie a sus reivindicaciones como sujeto soberano» (El segundo sexo II: 590). Reivindicar los derechos de las mujeres no es algo contrario al humanismo, sino que lo aumenta y enriquece. Es más, solo puede existir un verdadero humanismo cuando este abarque a las mujeres, y solo pueden alcanzar sus derechos las mujeres en el marco de un humanismo integrador:

Cuando sea al fin posible a todo ser humano colocar su orgullo más allá de la diferencia sexual, en la difícil gloria de su libre existencia, entonces solamente la mujer podrá confrontar su historia, sus problemas, sus dudas, sus esperanzas, con los de la humanidad; solo entonces podrá intentar desvelar, en su vida y en sus obras, la realidad entera y no solamente su persona. Mientras todavía tiene que luchar para ser un ser humano, no puede ser creadora (ídem: 629)

En esta misma línea se pronuncia Victoria Sendón de León (1942), en entrevista realizada el día 4 de septiembre de 2014, en el programa «Oiga, profe» de la TVUniversitaria, de México[15], con motivo de su participación en el IV Seminario por la NO Violencia:

nunca hemos vivido un verdadero humanismo, en el sentido de abarcar a todos los seres humanos (hombres y mujeres). No ha existido un auténtico “Humanismo”, que incluya lo humano: el caso de Grecia, la revolución francesa, los Derechos del Hombre y del Ciudadano, el cartel de la universidad de Colombia…El sujeto universal ha sido únicamente el hombre. El humanismo no ha existido nunca. Lo que de verdad importa al ser humano está tapado por lo que se nos impone como “realidad”. Como Matrix o la caverna de Platón.

Es en el marco del humanismo existencialista, en que sitúa su reflexión la profesora de filosofía Mabel Alicia Campagnoli:

Es así que entiendo estas prácticas feministas desde una consideración existencialista: el feminismo es un humanismo. Esto significa parafrasear a Sartre en clave beauvoiriana para dar una lectura provocativa de la política feminista de los 70: “¿Cómo puede cumplirse un ser humano en la condición femenina? ¿Qué caminos le están abiertos? ¿Cuáles conducen a callejones sin salida? Es decir que, puesto que nos interesamos en las oportunidades del individuo, no definiremos esas oportunidades en términos de felicidad, sino en términos de libertad (Campagnoli, 2005: 164).

La filósofa Amelia Valcárcel (1959) es, probablemente, la pensadora feminista española que mejor ha conceptualizado la relación entre feminismo y humanismo:

El feminismo es un humanismo que no ha descuidado ni descuida los datos de antropología, que, es más, supone una antropología no androcéntrica y no antropocéntrica, que sabe de sí y de sus límites. Que entiende qué tipo de proceso es la Modernidad, por lo tanto, que distingue bien cuando habla como teoría del conocimiento, filosofía de la historia, antropología o agenda política. En su nivel teórico explicativo, alimentado por muchas fuentes, es muy rico y presenta además variables que hacen entender cosas que sin él o no se perciben o no se entienden. Pero, no se limita a entender, sino que siempre implica transformar. (Valcárcel, 2020: 231).

La profesora Marta Cecilia Betancur (2020) afirma que:

El feminismo puede considerarse una forma de humanismo en tanto propende por el cultivo de los rasgos que definen lo humano y cree en las posibilidades del mejoramiento de la condición humana, cuyas definiciones asume como ideales de lucha; como el humanismo, el feminismo es un camino de autorreflexión y auto comprensión de la especie; consiste en la lucha por el reconocimiento de la mujer en su dignidad como persona libre y capaz de gozar de los mismos derechos y de cumplir las mismas obligaciones de los demás ciudadanos.

Para recordarnos, a continuación, ese rostro androcéntrico que el humanismo ha tenido durante demasiado tiempo:

Ahora bien, mientras es posible afirmar que el feminismo es humanista, la afirmación contraria no puede sostenerse; la historia del humanismo no ha desarrollado una visión feminista, porque en la mayor parte de su tradición ha pasado por alto, e, incluso, rechazado la igualdad de la mujer. Ni el feminismo es reductible al humanismo ni todo humanismo es feminista; ninguno de los dos conceptos puede ser reducido al otro. Significa más bien que el feminismo tiene una perspectiva humanista cuando teoriza y se moviliza en busca del mejoramiento de la condición humana, cuando propende por el enriquecimiento de la vida, cuando lucha por el reconocimiento de la mujer en su ser persona y su dignidad, y cuando somete a crítica el sistema de valores y las prácticas sociales de discriminación y menosprecio de la mujer y de otros grupos sociales (Betancourt, ídem).

La filósofa Ana de Miguel (1961), en su excelente análisis de la política sexual patriarcal en el marco del neoliberalismo actual, afirma que «Efectivamente, el feminismo es un humanismo, es la lucha por el reconocimiento de las mujeres como sujetos humanos y sujetos de derechos, es y ha sido siempre la lucha por la igualdad entre los dos sexos» (de Miguel, 2015: 27).

La pensadora y escritora estadounidense Siri Huvsted (1955) dice, asimismo, en entrevista realizada en 2019, que «El feminismo es una forma muy profunda de humanismo. Es un modo de afrontar la liberación de las restricciones impuestas por el género.  

Rosi Braidotti, en el marco del posthumanismo, considera que éste es una brújula para navegar, un camino para pensar «sociedades globalmente conectadas y tecnológicamente mediadas» (Braidotti, 2015: 13). La construcción del sujeto posthumano requiere del feminismo:

El sujeto posthumano nómada es materialista y vitalista, encarnado e interrelacionado, situado siempre en algún lugar radical de la política de la ubicación. Es polimorfo y relacional, y perfectamente comprensible en el interior de la ontología monista a través de las lentes de Spinoza, Deleuze y Guattari y de las teorías postcoloniales y feministas (Braidotti, ídem: 187).

Terminamos este breve recorrido con las palabras de la profesora italiana Virginia Paola Palazzi (2011: 42):

Allí donde el humanismo traslada la fe divina para depositarla en el hombre como ser racional, responsable y partícipe de su propia existencia; el feminismo lo hace también en la mujer. Porque hacer este ejercicio supone entender a la mujer como un ser libre, cuya opresión y subordinación no deriva de su propia naturaleza sino de un constructo social ancestral producto de una tradición patriarcal, que se perpetúa hasta nuestros días.

Conclusiones

¿Qué humanismo podemos abrazar desde una posición feminista en esta tercera década del siglo XXI?  Me identifico, al responder esta pregunta con las propuestas del Instituto de Ciencia y Derechos Humanos sobre Humanismo y Neohumanismo:

rechazamos la sumisión de las mujeres a los hombres, la represión de la sexualidad, la defensa de la teocracia, y la negación, a menudo en nombre de la religión, de los derechos humanos democráticos. El Neohumanismo se centra en los principios de integridad personal, libertad individual y responsabilidad. Incorpora el compromiso con la justicia social, la ética planetaria y el desarrollo de valores compartidos por la familia humana, que incluyen plenitud sexual y compatibilidad, para mujeres y para hombres, y la voluntad de terminar con la represión de las mujeres. También defiende la aceptación de relaciones y matrimonio entre personas del mismo sexo. (The Institute for Science and Human Rights, Van Pelt, 2012)[16].

No podemos ni debemos ya las mujeres renunciar a nuestra calidad de humanas. No pueden ignorar los individuos ni las organizaciones que se declaren humanistas, que el auténtico rostro del humanismo debe de representar la totalidad de los seres humanos, y que los derechos de las mujeres forman parte ineludible de los derechos humanos.

Recordemos con Marcela Lagarde que:

La calidad de humanas es, para las mujeres, la posibilidad de ser libres aquí y ahora, y compartir el mundo con hombres humanizados. Hacerlo, depende de los deseos y las voluntades de cada vez más mujeres y más hombres que consideren como un principio ético y práctico, la igual valía de las personas e incluyan la convicción de que todas y todos tenemos el derecho a la paz, a la vida digna, a la integridad personal, a la preservación y renovación de los recursos de nuestro mundo, a la justicia, a la democracia y a la libertad. (Lagarde, 1996).

Ese mundo humanizado implica salir, del androcentrismo y también del individualismo y la geopolítica de la desigualdad, buscando

un desarrollo humano sustentable, no depredador, respetuoso y potenciador de las personas, las comunidades, del entorno social y ambiental, del patrimonio cultural tangible e intangible, preservador de la diversidad y la especificidad no limitante, pero sí comprometido con la superación de la pobreza y la miseria, las desigualdades, las discriminaciones y las violencias» (Lagarde, 2015: 594)

Por todo ello, para finalizar, vuelvo a afirmar, como hice al principio del artículo que, sin feminismo, sin la teoría y la práctica de la deconstrucción del sistema patriarcal, el sistema de dominación más extenso en el tiempo y el espacio y que continúa permeando nuestras vidas, nuestras actitudes, nuestros comportamientos, nuestras sociedades y nuestras instituciones, NO HAY HUMANISMO.

Sigamos trabajando, desde la construcción teórica y la acción de compromiso social, por un mundo donde todas las humanas y humanos podamos vivir en justicia, dignidad, libertad e integridad.

Bibliografía

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[1] Cuyo nombre actual es Humanists International. Ver: https://www.humanist.org.au/international-humanist-and-ethical-union

[2] Exactamente el mismo año en que se publicó el Manifiesto Comunista, proclamando que la historia de la humanidad es la historia de la lucha de clases, al que le faltaba visibilizar la opresión añadida de las mujeres.

[3] Accesible en https://www.mujeresenred.net/spip.php?article2259. Fue firmada por las 68 mujeres y 32 hombres convocados por Elizabeth Cady Stanton.

[4] Bertha Lutz (Brasil); Amalia C. de Castillo (México), Minerva Bernardino (República Dominicana), Isabel P. de Vidal (Uruguay), Isabel Sánchez (Venezuela). Eleanor Roosevelt no participó en la redacción de la Carta, pero sí encabezó la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, en 1946, y fue decisiva en la redacción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

[5] Al hablar de «fe en los derechos fundamentales, en la dignidad de la persona humana, en los iguales derechos de hombres y mujeres y de las Naciones grandes y pequeñas»

[6] Artículo 8: «La Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios».

[7] https://www.un.org/es/about-us/un-charter

[8] Conocida como CSW por sus siglas en inglés: Commission on the Status of Women. La última sesión de la CSW, sesión 66, se celebró en Nueva York del 14 al 25 de marzo de 2022.

[9] Se debe a Hansa Metha (India), otra mujer delegada en la Comisión en 1947-48, el cambio de «all men are born equal» («todos los hombres nacen iguales») a «all human beings are born equal» (todos los seres humanos nacen iguales». Begum Shaista Ikramullah (Pakistán) delegada en el Tercer Comité sobre asuntos sociales, humanitarios y culturales de 1948, promovió la igualdad en el matrimonio; Bodil Begrup (Dinamarca), presidenta de la Subcomisión en 1946 y de la CSW en 1947, insistió en que se hablase de los derechos de «all» («todos y todas») en vez de «all men» («todos los hombres»); Maire-Hélène Defaucheux (Francia), contribuyó para introducir el sexo entre los factores de discriminación en el artículo 2. Evdokia Uralova (URSS), relatora de la Comisión de Derechos Humanos, abogó por la igualdad salarial, reflejada en el Art.23, «igual paga por igual trabajo». Lakshmi Menon (India), delegada de la India al Tercer Comité de 1948, promovió la inclusión de igualdad de derechos de mujeres y hombres en el preámbulo de la Declaración y la universalidad de los mismos, oponiéndose al concepto de relativismo colonial, que hubiera negado los derechos a países en situación de colonización. Ellas estaban construyendo el camino a 1993, cuarenta y cinco años antes de la Convención de Viena.

[10] Por sus siglas en ingles: Convention on the Elimination of all forms of Discrimination Against Women. 

[11]Las principales organizadoras fueron Diana E.H. Russell y Nicole Van Den Ven, quienes se inspiraron en el tribunal popular sobre Delitos de Guerra Internacional promovido por Bertrand Russell, en relación con los crímenes cometidos en la Guerra de Vietnam. Russell y Van Den Ven recogieron los testimonios expuestos en el Tribunal en el libro Crimes Against Women: Proceedings of the International Tribunal, (Crímenes contra La Mujer: Actas del Tribunal Internacional) y acuñaron el término femicide (traducido como femicidio o feminicidio en castellano y ampliamente divulgado por Marcela Lagarde), para referirse a los asesinatos de mujeres basados en el hecho de ser mujeres. En 1992, Diana Russell publicó junto con Jill Radford el libro titulado Femicide. The politics of woman killing (Feminicidio. La política del asesinato de mujeres).

[12] Fue coordinada por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), representado por Laura Guzmán; el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), representado por Alda Facio; una ONG regional de derechos de las mujeres, el Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer​ (CLADEM), representado por Marta Solano; el proyecto de los derechos de las humanas de una ONG subregional de DDHH, la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos en Centroamérica  (CODEHUCA), representado por Roxana Arroyo; el programa de derechos de las mujeres de una ONG regional de derecho alternativo, el Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos (ILSA), representado por Gladys Acosta y una ONG internacional de comunicación alternativa, Radio Internacional Feminista (FIRE) representada por María Suárez.

[13] Ver conferencia de Alda Facio: https://www.youtube.com/watch?v=F6eeJ7fNjdw

[14] Evidentemente, ni el articulado CEDAW, ni la Plataforma de Acción de Beijing, ni la Declaración y la Plataforma de Acción de Viena, y otros instrumentos internacionales de defensa de los derechos de las mujeres, están suficientemente implantados, ni siquiera en aquellos países que tienen una estructura jurídica e institucional de igualdad formal. Por otra parte, todavía no ha sido objeto de un consenso internacional el reconocimiento de derechos de las mujeres como el derecho al aborto seguro, libre y gratuito, o la erradicación de formas de violencia como la explotación sexual y reproductiva, es decir, la prostitución y la maternidad subrogada.

[15] Accesible en https://www.youtube.com/watch?v=PWHUkJeYdL0

[16] https://kurtz.institute/the-human-prospect/the-intersection-of-feminism-and-humanism

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