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MUJERES VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y SU ATENCIÓN EN ANDALUCÍA

por Aurora Gámez Enríquez

“La violencia contra la mujer es el crimen encubierto más frecuente en el mundo.”

Asamblea ONU

IIª Conferencia Mundial sobre la Mujer

Copenhage, 1980.

Contar la historia es recuperar la memoria de quienes nos han precedido. En el tema de la Violencia hacia la mujer hemos de resaltar los hitos históricos desde su invisibilidad hasta la regulación. Surgen los primeros movimientos feministas internacionales en 1978: La Constitución Española reconoce la igualdad de Derechos; en 1980: La ONU denuncia la violencia contra la mujer como el crimen encubierto más común, en 1993: en Viena se equiparan los Derechos de la Mujer a los Derechos Humanos; en 1995: Beijing: La ONU declara esta violencia como “problema social”; en 1998: Suecia: Decreto contra la violencia contra las mujeres y en España se crea el Instituto Andaluz de la Mujer y en el año 2004: España: Ley Orgánica LO 1/2004.[1], seguida de la Ley 13/2007 de Igualdad en España.

Se puede decir con propiedad que he dedicado treinta años de mi vida profesional atendiendo a mujeres en riesgo de exclusión, mujeres maltratadas, dependientes, violentadas. De las otras profesiones que me apasionan y podría haber ejercido, la de educadora ha sido la más fuertemente me ha golpeado. Mi formación humanista y la necesidad laboral se han visto cubiertas por completo. Tan sólo la poesía me salva de tanta dureza. La búsqueda de la belleza, la reivindicación del amor sincero y del buen trato ha guiado mis pasos hacia la escritura. Dejar constancia y por escrito de lo hecho, del tiempo finito y mortal que me ha tocado vivir y que empleo con gratitud a la vida, y plena conciencia de lo poco que en realidad puedo hacer. En mi libro Praxis feminista en Málaga y provincia (2021) se puede leer la memoria de lo que fue el movimiento feminista impulsado por el Instituto de la Mujer de Andalucía y la aplicación de las políticas de Igualdad, a través de las Asociaciones de Mujeres. A pesar de los avances en Igualdad, continúa como llaga sangrante la Violencia de Género. Creo conveniente seguir en la línea de acción para dar a conocer a la ciudadanía este problema. Esta vez lo hago a través de la Asociación Internacional Humanismo Solidario, a la que pertenezco desde 2014. Este artículo está elaborado con el material de las charlas, conferencias, debates y talleres que he ido impartiendo durante treinta largos años, en Institutos de enseñanza Media, Asociaciones de Mujeres, Centros de Información de la Mujer, Congresos y Encuentros Internacionales, como educadora de las Casas de Acogida del IAM (Instituto Andaluz de la Mujer). Se detallan recursos, tanto públicos (instituciones), como privados (militancia feminista)[2]. Seguimos trabajando para erradicar esta lacra social. Lo que voy a desarrollar es un relato minucioso de lo que es la atención a mujeres, niñas y niños víctimas de la violencia de género y su atención en Andalucía. Es esencial el conocimiento por parte de la ciudadanía y la formación específica de profesionales. En primer lugar, nos ocuparemos de definir qué se entiende por violencia de género, seguiremos con el tratamiento de la violencia de género y con los medios y recursos contra la violencia de género en Andalucía. Seguiremos hablando de la atención y acogida integral a las mujeres víctimas de la violencia de género y a menores que les acompañan; las características de los centros de acogida; la metodología empleada y de la especificidad del servicio en Andalucía.

Vamos a partir de dos definiciones de violencia de género aceptadas internacionalmente. Según la ONU, se define como: “La violencia contra las mujeres es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres, que han conducido a la dominación y la discriminación contra la mujer por el hombre, y para frenar el avance pleno de la mujer”. Declaración de Beijing, ONU, 1995[3]. En la Ley Integral del año 2004, se define: “Acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercida por quienes sean o hayan sido sus cónyuges, o quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”. Ley Integral, L.O.1/2004.

Me voy a referir a la violencia de género según la ley andaluza, que se define así: “Comprende cualquier acto de violencia basada en género que tenga como consecuencia, o tenga posibilidades de tener como consecuencia, perjuicio o sufrimiento en la salud física, sexual o psicológica de la mujer, incluyendo amenazas de dichos actos, coerción o privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”. Ley 13/2007, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género en Andalucía.[4]

Las características son: Es una violencia cíclica que busca el control, el dominio y el sometimiento de la mujer y un status de privilegio para el hombre. La víctima de la violencia de género es casi siempre una mujer: se dirige contra la mujer por el mero hecho de serlo. Es un atentado contra la integridad, dignidad y libertad de la mujer como persona. No existen argumentos racionales que sustenten la desigualdad social de la mujer por causas biológicas.

No es un fin en sí misma sino un instrumento de dominación (Cf. Violencia maligna, por L. Rojas Marcos, psiquiatra). La sociedad hereda normas y mitos que crean guiones o pautas de conducta para cada sexo. Normas culturales y expectativas sobre las conductas de hombres y mujeres que hacen que se perpetúen la desigualdad y niegan la asistencia a las víctimas.

El estudio de la dinámica del síndrome de maltrato a la mujer (simam) nos aclara que: Las mujeres agredidas no están siendo constantemente agredidas ni su agresión es infligida totalmente al azar, sino que existe un desarrollo cíclico y escalado de la violencia. La intensidad y la frecuencia de las agresiones se incrementa con el tiempo (Escalada de la violencia: agresiones psicológicas que minan la autoestima, agresiones verbales, agresiones físicas y eventualmente, muerte violenta). L.Walter,1979 [5] ha definido un ciclo de la violencia que comprende tres fases, que fluctúan en tiempo e intensidad. La Fase 1.- Las tensiones aumentan. La mujer “cede” y cree que lo puede controlar. En la Fase 2.- La violencia estalla. Para la mujer es una situación de colapso emocional. En la Fase 3.- Fase de calma, o de “interludio amoroso”. Se inician las estrategias de manipulación afectiva por el agresor. El ciclo se reanuda.

Existen mitos relacionados con la violencia contra la mujer, son los mitos misóginos [6] que la sociedad ha trasmitido. Algunos son: que la víctima es masoquista: “A ella le gusta”, “Ella quiere”. La mujer se lo busca: “Lo tiene bien merecido”. “Esto sólo le pasa a cierto tipo de mujeres”. Que la mujer exagera: Se minusvalora el daño, se justifica el maltrato y se relativiza su frecuencia. Y la creencia de que no hay salida: “En cierto modo, es algo natural”.

Las justificaciones más comunes son: A algunas mujeres les gusta sufrir. Si la relación aguanta, será por algo. Ella adopta una conducta provocativa, no cumple sus obligaciones y utiliza a los hombres para triunfar. No hubo abuso, ella dio consentimiento. Ella le chantajeaba, o le hizo sospechar algo. Él estaba bebido o drogado: nunca haría algo así en condiciones normales. Estaba enfermo, estresado, necesitaba ayuda y comprensión y ella no estuvo a la altura. Ciertos conflictos son inevitables si no se aclaran las cosas al principio.

Tradicionalmente, la violencia contra las mujeres se niega y se justifica. Las noticias no se contextualizan. Hacia los años 80, el estereotipo dominante (la ruptura de la pareja) considera inadmisible el abandono de la mujer del hogar. Se pensaba que el “acoso” es algo romántico, y los malos tratos y el asesinato justificaban “crímenes pasionales”. Este enfoque machista tras la muerte de Ana Orantes en diciembre del 97, las agresiones sexuales, los malos tratos y los asesinatos pasan a ser noticia. La violencia de género entra en la agenda de los medios. La sociedad empieza a tomar conciencia del enorme problema.

Se empieza a estudiar cómo detectar una situación de violencia de género, hasta entonces llamada malos tratos a mujeres. Desde el punto de vista de la salud, los profesionales sanitarios observan:Agotamiento físico y psíquico. Problemas ginecológicos, infecciones recurrentes. Historial psicológico. Consumo psicofármacos. “Accidentes” domésticos. Estrés y dependencia emocional. Información poco veraz que no se corresponde con las lesiones. Miedo. Desde el punto de vista laboral, se manifiesta por: Baja productividad. Retraso. Absentismo crónico. Incapacidad para mantener un empleo. La manifestación extrema del problema de malos tratos se ve en las denuncias interpuestasante la Guardia Civil (EMUME); ante los Cuerpos y Fuerzas del Estado, atendidos por personal con formación en violencia de género, ante los Centros del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)[7] y/o a través de los teléfonos de atención a la mujer 900 200 999 y/o el 016 y/o ante los juzgados de guardia.

Los efectos del maltrato sobre la víctima son: Dificultad estructural en reconocer que ocupan el lugar de la víctima. Posicionamiento ambiguo frente al agresor. No reconocen que la relación es peligrosa. Vergüenza social ante su situación. Progresiva pérdida de la autoestima. Aceptación de actitudes sumisas, y sentimiento de culpabilidad. Fantasías de cambio sobre la actitud del agresor (“Con hijos, él cambiará”, “Si no le respondo, él se tranquilizará”). Aislamiento emocional y físico. Dependencia económica del agresor. Miedo a la desaprobación de familiares, amigos, al futuro, a la pérdida de los hijos y del hogar etc. Estrés (depresión, ansiedad, somatizaciones, descontrol de las emociones, ideas suicidas, alteraciones de la propia percepción…)

Referente a la tipología y estrategia del agresor se puede observar: Necesidad de verificar constantemente que son el centro de la vida de sus mujeres. Necesidad de controlar y dominar. Se presentan como sujetos formales, educados, seguros de sí mismos, ordenados y domésticos. Forma de conseguir objetivos o compensar otras frustraciones dentro o fuera de la casa, lo que disminuye el peso del argumento emocional. Los agresores trasladan la responsabilidad de la agresión a la mujer de modo que ésta sienta vergüenza, miedo y culpa. La mayoría de los agresores son violentos solamente en sus casas.  Esperan que su brutalidad mantenga a la mujer prisionera. Históricamente, este comportamiento ha tenido éxito. Utiliza estresantes físicos (golpes, empujones, quemaduras), psicológicos (amenazas), emocionales (gritos, insultos, vejaciones, humillaciones) o sexuales (relaciones forzadas). Concede pequeñas concesiones que acrecientan la dependencia emocional de la mujer.

Ante esta situación se recomienda a los profesionales que las atienden a: Recibir a la mujer sola. Escuchar con interés. Ofrecer una atención personalizada: Creer lo que cuenta y cómo lo cuenta. Comportamiento asertivo. Dejar claro que el maltrato es un problema de salud. Informar y orientar: Transmitirle apoyo e información sobre sus derechos y oportunidades. Ayudarle a valorar alternativas y a actuar para su propia protección. Dar información, orientación y asesoramiento en las áreas social, psicológica, jurídica, social y sanitaria. Respetar sus tiempos. Dejar la puerta abierta a futuras conversaciones. Derivar, según necesidades, hacia: Recursos de atención inmediata.  Recursos de atención e intervención especializada. Recursos de acogida temporal.

Lo que debe hacerse (profesionales de atención a víctimas de violencia de género): Facilitar a la mujer víctima de violencia de género el restablecimiento del control sobre su vida y su autonomía personal, desde la mejora de su autoestima: Reforzar su capacidad de afrontar la situación de violencia sufrida. Promover una relación profesional de apoyo en la toma de decisiones. Reforzar la comunicación con las redes de apoyo (si las hubiera) familiares y sociales. Animar a la utilización de los recursos jurídicos, sanitarios, sociales que precise la víctima. Establecer un trabajo en red (servicios sociales municipales, centros sanitarios, cuerpos y fuerzas de seguridad, servicios especializados en la atención a la mujer víctima de violencia de género). Aplicar -si es necesario- el Protocolo de Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género. Aplicar el procedimiento de coordinación, cooperación y colaboración entre las administraciones en Andalucía. Lo que NO deben hacer los profesionales. Dar la impresión de que el problema tiene fácil solución. Dar falsas esperanzas. Asumir actitudes paternalistas. Crear sensación de culpabilidad en la mujer. Dar respuestas rápidas y precipitadas. Diagnosticar o patologizar. Caer en mitos y estereotipos sobre la violencia de género o sobre las víctimas. Tomar decisiones que debe tomar la mujer. Mostrar desaliento por querer ayudar a alguien que no desea ser ayudado en ese momento o de esa manera.

TRATAMIENTO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

Llamar al 900200999 o al 016 (gratuitos) para comunicar los hechos y pedir orientación y acompañamiento, si lo precisa. Contactar con los Centros Provinciales del IAM [8](capitales) o los 173 Centros Municipales (municipios) en Andalucía. Si hay agresión sexual, acudir a un centro sanitario, sin lavarse ni cambiarse de ropa. Solicitar el parte de lesiones y el informe médico. Alternativamente, cualquier persona puede activar las actuaciones de los servicios de urgencia desde el 900 o el 112. Siempre que haya violencia, contactar con el Centro de la Mujer más próximo. Presentar denuncia. Utilizar los recursos de protección, tanto en el ámbito jurídico (medidas de protección y orden de alejamiento) como en el ámbito social (acogimiento en un centro, tele-asistencia móvil) si lo estima oportuno. Evitar cualquier tipo de contacto con el agresor.

MEDIOS Y RECURSOS CONTRA LA VIOLENCIA EN ANDALUCÍA

Ejes para erradicar la violencia de género:  a) Reconocimiento de los derechos de la mujer.

b) Lucha por la igualdad. c) “Tolerancia cero” frente a las agresiones. d)  Atención integral a las víctimas.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. REFORMAS LEGISLATIVAS. MEDIDAS DE ÁMBITO INSTITUCIONAL Creación de la Dirección General de Violencia de Género (Decreto 122/2008, BOJA 95, 02/05/08)

Normativa en Andalucía: Ley 12/2007, de 26 noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género de Andalucía. Ley 13/2007, de 26 noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género de Andalucía.

Orden de 21 de julio de 2009 (Boja 140, 2009) por el que aprueba el Reglamento de Régimen Interno de las casas que componen el servicio integral de atención y acogida a mujeres víctimas de la violencia de género y menores a su cargo que las acompañen en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (En debate) I Plan Estratégico para la Igualdad de Hombres y Mujeres en Andalucía (2009-2012).

DERECHOS DE LAS MUJERES VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO: La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral y su transposición a la normativa andaluza, Ley 13/2007, de 26 noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral, reconocen los siguientes derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género: Derecho a la información. Derecho a una asistencia social integral. Derecho a la tutela penal y judicial y a representación jurídica gratuita. Derechos laborales y prestaciones de la Seguridad Social. Derechos económicos.

MEDIOS Y RECURSOS CONTRA LA VIOLENCIA EN ANDALUCÍA: Servicio de Atención Integral a las mujeres víctimas de la violencia de género y a menores que les acompañan (dependiente de la Dirección General de Violencia de Género, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social).

A.G.I.S.E.,[9] ANDALUZA DE GESTIÓN INTEGRAL DE SERVÍCIOS ESPECIALIZADOS Coordina Casas de Acogida y Centros de Emergencia en las ocho provincias andaluzas. Servicio Integral de atención y acogida a las mujeres víctimas de la violencia de género y a menores (y personas dependientes) que les acompañan.

Estructura del servicio: Atención permanente (24 h/ 365 días del año). Presencia en todas las provincias andaluzas. En 2004, se incorporó un CE (Centro de Emergencia) también en Algeciras. Máxima seguridad y privacidad. Contratos de confidencialidad con trabajadores/as y empresas proveedoras. En caso de peligro para la integridad de la mujer, se garantiza la movilidad interprovincial. Servicio de atención integral que ofrece atención en los distintos ámbitos afectados por la violencia de género (legal, social, psicológico y educativo) y la participación de las mujeres en su propio proceso.

Características de los Centros de Emergencia: Centros de alojamiento y convivencia, en espacios dotados de seguridad y calidez.  Cobertura a las necesidades de protección y seguridad, incluida pólizas de seguros para las usuarias e instalaciones. Atención urgente y permanente (24-365).  Estancia media: 8,55 días. Atención a todas las necesidades básicas de la mujer y menores que le acompañan: Alojamiento, manutención, ropa, asistencia médica. Implantación regional: 9 centros de emergencia de titularidad autonómica. Trabajo de contención de crisis, valoración y diagnóstico.

Características de los centros de acogida: Son centros residenciales configurados por unidades independientes (habitación como espacio íntimo y privado) para las mujeres víctimas y menores que les acompañan. Establecidos en las 8 provincias andaluzas. Proporcionan las herramientas indispensables para salir de la violencia, garantizando tanto a las mujeres como a sus hijas e hijos una atención integral, a través de intervenciones sociales, psicológicas y jurídicas. Se realizan intervenciones individuales y grupales a partir de un Plan Individual de Actuación consensuado con la mujer y orientado al empoderamiento de las mujeres, la búsqueda de su autonomía y el restablecimiento de los derechos vulnerados. Tienen un equipo técnico multidisciplinar. La estancia media es de 3 a 6 meses.

Características de los pisos tutelados: Son viviendas independientes de uso familiar, ubicadas en edificios y zonas normalizadas, que proporcionan residencia temporal para facilitar a las mujeres una vida casi independiente, responsabilizándose de su propio mantenimiento y el de sus hijas e hijos y asumiendo sólo los gastos corrientes de las viviendas. Enfocados a favorecer la autonomía y empoderamiento de las mujeres. En 2009 existen un total de 32 pisos tutelados con 86 plazas de titularidad autonómica. La estancia media es de 6 a 9 meses. Finalizada la estancia en la vivienda tutelada, se establecen los cauces de seguimiento del caso, que es de al menos un año desde su salida. Las características estructurales del servicio son: 49 centros gestionados, con un total de 472 plazas. La plantilla del servicio es de 137 a 170 según necesidades del servicio.

NATURALEZA DEL SERVICIO

Principios que rigen la relación: Procedimientos y metodología normalizados (escritos y aprobados). Atención integral, inmediata y coherente. Prestación especializada. Intervención multidisciplinar.

Compromisos desde el Servicio: Información permanente (desde un equipo multidisciplinar y especializado). Privacidad. Parámetro esencial de la actividad del servicio en Andalucía. Seguridad y control de la localización de los centros, privacidad de las personas y el secreto de ficheros. Adaptación a las necesidades específicas. Transparencia sobre el uso de los recursos dotados por la iniciativa pública.

Programas de intervención: Socioeducativa (capacitación en habilidades sociales y comunicación). Intervención social. Intervención psicológica. Intervención jurídica. Intervención específica para menores : Talleres, Apoyo escolar y programa en épocas de vacaciones escolares “Escuela de Vacacionantes”.

Organización y funcionamiento: Equipo de coordinación. Equipos de atención en emergencias. Equipo multidisciplinar en Casas de Acogida. Equipo de seguimiento e intervención en Pisos Tutelados.

Metodología empleada I: Modelo de equipo interdisciplinar. Planificación racional de actividades. Análisis desde distintas perspectivas. Sistema de coordinación centralizado de evaluación continua. Creación de un ambiente de trabajo cooperativo potenciando una actitud abierta y en comunicación continua. Modelo democrático en la toma de decisiones.

Entre las ventajas de este modelo destacan la disponibilidad de amplias técnicas y conocimientos, el apoyo mutuo entre las profesionales y el uso eficiente de los recursos.

Metodología empleada II: Para la consecución de los objetivos planteados se trabaja en una doble línea de actuación: individual y grupal. En ambas se tienen como punto de partida las características individuales de cada mujer.

Intervención individual: Intervención en crisis (Centros de Emergencia). Asesoramiento a nivel psicológico, social y jurídico. Plan Individual de Actuación establecido con la mujer. Carta de derechos y deberes de la Mujer y reglamento interno específico.

Intervención grupal: A través de talleres. Adquisición de herramientas cognitivas y conductuales para afrontar la situación de cambio, superar la estructura de pensamiento de mujer maltratada y ayudarle a plantearse su futuro.

Especificidad del servicio en Andalucía: sistema público: Servicio público, de calidad y no discriminatorio. Innovador sistema de gestión Empresarial[10] estatutariamente obligada a revertir en programas sociales complementarios todo tipo de resultados positivos de su actuación (según el artº. 38 de sus Estatutos Sociales). Control público (Parlamento, Gobierno andaluz). Pioneros a nivel europeo, con 30 años de experiencia. Organización y funcionamiento coordinado de los recursos humanos y materiales. Equiparación interprovincial de los servicios. Espacios acomodados y de gran calidez. Ubicados en lugares urbanos que permiten el fácil acceso a los servicios necesarios para la mujer integrada en nuestra red. Pisos tutelados ubicados discretamente en zonas normalizadas. Aseguramiento de la privacidad, protección y máxima seguridad de mujeres e instalaciones. Pólizas de seguros para las mujeres y de instalaciones. Video vigilancia. Pólizas contra incendios. Política de seguridad y de prevención de riesgos laborales.

Especificidad del servicio AGISE: Atención integral, de calidad y no discriminatoria. Inmediata y urgente.  Atención coordinada y prestada por un equipo multidisciplinar. Insertada en una amplia red de recursos interprovincial.  Énfasis en la seguridad y protección de la mujer. Atención integral (psicológica, social, jurídica y educacional). Adaptación a las necesidades específicas.

Ventajas: Facilita la evolución de las mujeres víctimas de la violencia a través de un trato personalizado, en un marco de seguridad y protección. Mejores alternativas y mayores posibilidades de integración social. Especificidad del servicio: Alta cualificación del personal.

Nº de Licenciadas/os: 39 (20 %). Nº de Diplomadas/os: 53 (27 %). Nº de trabajadoras con Formación Profesional: 14 (7 %). Personal con formación de postgrado: 13 (7%). Todas/os tienen formación específica en género y/o intervención con mujeres.

Años de experiencia: De 0 a 2 años: 32,9 %. De 3 a 5 años: 32,9 %. De 6 a 10 años: 24,5 %. De 11 a 15 años: 6,0 %. De 16 a 20 años: 3,0 %. Más de 21 años: 0,7 %.

Especificidad del servicio: Centro Vacacionantes AGISE: Más de 1800 menores y 1000 mujeres han conocido estos centros desde diciembre de 1999. Permite conciliar la vida laboral y familiar de las mujeres acogidas y la ocupación de los menores. Es un espacio educativo y de ocio, de divulgación de valores y actitudes positivas para la convivencia y el desarrollo de la personalidad. Potencia la relación madre/menores.  Proyecta en el entorno una imagen positiva del Servicio de Atención Integral y Apoyo. Adaptable a las necesidades de los y las participantes.

Retos del futuro: atención a mujeres víctimas con problemáticas añadidas: Atención integral a mujeres víctimas de la violencia de género con problemáticas añadidas (Salud mental, consumo de psicotrópicos, alta marginalidad social). Marco legal: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, artº. 45: Atención a colectivos especialmente vulnerables.


[1] España: Ley Orgánica LO 1/2004.

[2] Praxis feminista en Málaga y provincia (Editorial Jákara,2021), Aurora Gámez Enríquez.

[3] Declaración de Beijing, ONU, 1995

[4] Ley 13/2007, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género en Andalucía.

[5] Ver WALTER, LEONOR; The Battered Women (Las mujeres maltratadas), Harper and Row Publishers, Inc. Nueva York, 1979

[6] Cf. LORENTE ACOSTA, Miguel, y J.A., Agresión a la mujer; maltrato, violación y acoso, Ed.Comares,1998.

[7] www.juntadeandalucia.es/institutoandaluzdelamujer/

[8] www.juntadeandalucía.es/institutodelamujer/ 

[9] www.agise.es

[10] Desde su creación por el Instituto Andaluz de la Mujer en 1989, el servicio se ha gestionado por: Centros de la Mujer de Sevilla, Málaga y Granada (1987-1996), AIS (Asociación para la Igualdad y la Solidaridad) (1996-1998) y la Cooperativa SEGRAMAAL (Sevilla, Granada, Málaga y Almería. Fueron las primeras Casas de Acogida en Andalucía) (1998-2002). En la actualidad el servicio está concedido a la empresa www.agise.es Andaluza de Gestión de Servicios Especializados (AGISE) (2002-2024). El Servicio de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género se creó bajo la dirección de Carmen Olmedo, primera directora del IAM (1989-2000).

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